A efectos de esta Política y para una mejor comprensión de nuestros compromisos en materia de AML, son clave las siguientes definiciones y el marco jurídico. Para el texto completo de las definiciones legales y la información actualizada, recomendamos consultar la versión vigente de la Ley n.º 253/2008 Coll., sobre determinadas medidas contra la legalización de los beneficios procedentes de actividades delictivas y la financiación del terrorismo (Ley AML), y las fuentes oficiales de la Oficina de Análisis Financiero (FAÚ), por ejemplo el sitio web www.fau.gov.cz.
Definiciones básicas:
- Legalización de los beneficios procedentes de actividades delictivas (blanqueo de capitales): En términos simplificados, se trata de conductas destinadas a ocultar el origen ilícito de los bienes con el fin de crear la apariencia de su adquisición legal.
- Financiación del terrorismo: En términos simplificados, incluye la recaudación o la provisión de fondos con conocimiento de que se utilizarán para actividades terroristas.
Principales disposiciones legales:
Nuestros procedimientos AML/CFT se rigen principalmente por la Ley n.º 253/2008 Coll., sobre determinadas medidas contra la legalización de los beneficios procedentes de actividades delictivas y la financiación del terrorismo, en su versión modificada (en lo sucesivo, la «Ley AML»), y por otras disposiciones legales conexas de la República Checa y la normativa de la Unión Europea directamente aplicable.
Nuestra Sociedad como Sujeto Obligado:
La sociedad UMARUTTI s.r.o. es un sujeto obligado conforme al § 2, apartado 1, letra n) de la Ley AML. Esta clasificación se deriva de nuestra actividad como comerciante de metales preciosos o piedras preciosas, según se especifica en el Anexo n.º 1 de la Ley AML (que incluye oro, plata, platino, diamantes, rubíes, zafiros y esmeraldas). Pasamos a ser sujeto obligado en caso de realizar operaciones por un valor de 10 000 EUR o superior. Este umbral es un punto operativo clave para nuestros procesos internos y se supervisa en todas las transacciones.
Esta obligación se aplica independientemente de si la operación se realiza en efectivo o por medios no monetarios. En caso de cumplirse estas condiciones, la Sociedad está obligada a cumplir todas las obligaciones establecidas por la Ley AML.
Aplicación a casos específicos (según Dictámenes seleccionados de la Oficina de Análisis Financiero):
Para una mejor orientación de nuestros clientes y socios, indicamos cómo las obligaciones AML pueden aplicarse a otras entidades de nuestro sector:
- Joyerías y talleres de joyería: Si una joyería o taller de joyería comercia con metales y piedras preciosas conforme al Anexo n.º 1 de la Ley AML y, al mismo tiempo, realiza operaciones por un valor de 10 000 EUR o superior, también pasa a ser sujeto obligado conforme al § 2, apartado 1, letra n) de la Ley AML.
- Vendedores de oro de inversión (incluidas tiendas online): El vendedor de oro de inversión a clientes finales, incluso a través de una tienda online (sobre la base de contratación electrónica), es un sujeto obligado conforme al § 2, apartado 1, letra n) de la Ley AML en las condiciones establecidas por la ley (es decir, al alcanzarse el umbral de valor).
- Vendedores de oro de inversión que prestan servicios de custodia: Si el vendedor de oro de inversión además presta servicios de custodia de oro, pasa a ser sujeto obligado no solo conforme al § 2, apartado 1, letra n) de la Ley AML, sino, en caso de prestar servicios de custodia, también conforme al § 2, apartado 1, letra b), punto 14 de la Ley AML, es decir, como persona que presta servicios de custodia de objetos de valor.
La incorporación de estos dictámenes en nuestra política pública señala nuestra comprensión del contexto regulatorio más amplio y puede ayudar a nuestros clientes B2B a comprender mejor sus propias obligaciones AML potenciales, lo que contribuye a la integridad general de la cadena de suministro.
La siguiente tabla resume las situaciones clave que determinan la condición de sujeto obligado:
Tabla 1: Resumen de las situaciones que determinan la condición de sujeto obligado para comerciantes de metales y piedras preciosas (según la Ley AML y dictámenes seleccionados del FAÚ)
| Tipo de sujeto/actividad | Condiciones para el surgimiento de la obligación AML | Disposición pertinente de la Ley AML |
|---|
| Comerciante de metales/piedras preciosas (en general) | Operación por un valor de 10 000 EUR o superior | § 2 apdo. 1 letra n) |
| Joyería/Orfebrería | Comercia con metales/piedras preciosas (Anexo 1) Y operación por un valor de 10 000 EUR o superior | § 2 apdo. 1 letra n) (según el criterio del FAÚ) |
| Vendedor de oro de inversión (e-shop) | Operación por un valor de 10 000 EUR o superior | § 2 apdo. 1 letra n) (según el criterio del FAÚ) |
| Vendedor de oro de inversión con custodia | Operación por un valor de 10 000 EUR o superior O prestación de servicios de custodia | § 2 apdo. 1 letra n) Y/O § 2 apdo. 1 letra b) punto 14 (según el criterio del FAÚ) |
Oficina de Análisis Financiero (FAÚ):
La Oficina de Análisis Financiero (FAÚ) es el órgano administrativo central de la República Checa en el ámbito de la lucha contra la legalización de los beneficios procedentes de actividades delictivas y la financiación del terrorismo. Ejerce la función de unidad de inteligencia financiera y supervisa el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley AML. Más información, directrices metodológicas y la legislación vigente están disponibles en el sitio web oficial del FAÚ (p. ej., www.fau.gov.cz).